viernes, 19 de febrero de 2016

TERMINACIÓN DEL CONTRATO ART.184-185-188 C.T

TERMINACIÓN DEL CONTRATO






ART. 184:
EL DESAHUCIO: renuncia voluntaria de un trabajador, 
se la debe realizar con 15 días de anticipación 
Por contrato fijo: tiene 30 días por parte del empleador 
del 1 de enero comienza en el contrato definido

ART. 185:
valor por desahucio es el 25% por cada año de trabajo si trabaja 1 año 4 meses se lo hace por 2 años
el 28% se lo saca con la ultima remuneración recibida

ART. 188
despido intempestivo (sin motivo, sin causa justa)
se hace demanda esta debe contener:   los fundamentos de hecho
                                                              los fundamentos de derecho
en la indemnización existe el art. 188 
el abogado es el representante quien esta en el juicio 
para que exista debemos ir al juez de trabajo -- el califica la demanda

Debe existir fundamentos de hecho y derecho
se debe narrar los acontecimientos como sucedieron las cosas 
se genera las pruebas por medio de un testigo 
una demanda también se establece, se señala casillero, correo electrónico y teléfono, se notifica (domicilio judicial)
En una demanda tiene que ir la cuantía, el valor que quiero recibir 
se le solicita al trabajador el ultimo rol de pagos

CALIFICACION DE LA DEMANDA

Comparecencia; llaman al trabajador y empleador
Presentación; pruebas, (rol de pagos, testigo)
se revisa con fundamentos las pruebas que se presentan
no puede faltarle ni fallarle los testigos (debo llevar los testigos)

quien debe liquidar es el PERITO, el juez le pide al contador que haga la liquidación 

¿en que consiste la liquidación del art. 188?
se pagara de 3 años hasta los 25 años

 

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